INVERSIONES A BORDO EN EL ÁMBITO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, SEGURIDAD Y SELECTIVIDAD, INVERSIONES EN INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y ORGANIZATIVA DE EMPRESAS PESQUERAS Y ACCIONES COLECTIVAS - REGIÓN AUTÓNOMA DE MADEIRA
El Programa tiene como objetivo Inversiones a Bordo en el Ámbito de Eficiencia Energética, Seguridad y Selectividad, Inversiones en Innovación Productiva y Organizativa de Empresas Pesqueras y Acciones Colectivas - Región Autónoma de Madeira.
Alcance:
Promover una mayor competitividad y viabilidad de las empresas pesqueras, a través de inversiones en buques pesqueros, encaminadas a mejorar la higiene, salud, seguridad y condiciones laborales de los pescadores, promoviendo la valorización y calidad de los productos pesqueros, para impulsar procesos de digitalización de la actividad y la mejora. de eficiencia energética, mitigar los efectos del cambio climático y reducir el impacto de la pesca en el medio marino.
Acciones cubiertas:
Las actuaciones previstas en el artículo 16 de la Ordenanza nº 559/2023, de 25 de julio, quedan cubiertas por el presente aviso:
a) Inversiones a bordo de buques pesqueros o en equipos individuales;
b) Inversiones a bordo o en equipos alineados con los procesos de digitalización;
c) Inversiones en eficiencia energética;
d) Inversiones en sustitución o modernización de motores de propulsión principales o auxiliares;
e) Otras inversiones que proporcionen innovación productiva u organizacional, a nivel empresarial;
f) Acciones colectivas que permitan llegar a un mayor número de destinatarios y alcanzar objetivos colectivos que no se alcanzarían con apoyo individual.
Beneficiarios:
De conformidad con el apartado a) del artículo 18 de la Ordenanza nº 559/2023, de 25 de julio, los propietarios o armadores de buques pesqueros matriculados en la flota nacional, cuya actividad esté incluida en el ámbito de aplicación de la presente convocatoria, podrán beneficiarse del apoyo previsto en este aviso en el código de actividad económica: Clase 0311, subclase 03111, Pesca en el mar:
En las acciones colectivas a que se refiere el apartado i) del artículo 16 de la Ordenanza nº 559/2023, de 25 de julio, podrán beneficiarse del apoyo previsto en la presente convocatoria las siguientes entidades:
i. Asociaciones, cooperativas y organizaciones de productores del sector;
ii. Entidades públicas, de la administración central directa o indirecta, con deberes y responsabilidades en la administración del sector pesquero;
III. Otras organizaciones colectivas, públicas o privadas, sin fines de lucro, que realizan intervenciones en áreas relevantes para el sector, en particular con fines científicos, de protección ambiental o de formación profesional, que actúan con el apoyo activo de los propios profesionales de la pesca o de sus asociaciones;
IV. Autoridades locales, siempre que actúen con el apoyo activo de los profesionales de la pesca o de sus asociaciones.
Área geográfica cubierta:
Región Autónoma de Madeira
Periodo de aplicación
De 14/11/2023 a 30/12/2027
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Registo 11/15